miércoles, 1 de febrero de 2017

Impuesto de Plagas del Campo. Cretas.


Entre los papeles de mis tías de Cretas está el recibo del pago del Impuesto de Plagas del Campo del año 1.932. El pagador es Ramón Vallés Soria, natural de Valderrobres, es el padre de Ramona Vallés, y estaba casado con Dolores Omella Bellés, de Cretas.

Este impuesto surge en 1.908 tras la Ley de Plagas de 23 de mayo de 1908, publicada en la Gaceta de Madrid. Ley de Plagas

Dicha Ley en su Capitulo 1, se articulan las disposiciones de carácter general, encaminadas a la vigilancia de los campos, al tratamiento de los focos que pudieran determinar el origen de una plaga y a la prevención y extinción de la misma.

Dos artículos de este primer capítulo, curiosos por la manera de organizar la vigilancia de las plagas y el cálculo del impuesto, el artículo 2º y el 17º:

"Art. 2.° En todos los términos municipales se creará una Junta local de defensa contra las plagas del campo, encargada de vigilar e inspeccionar los predios agrícolas, a fin de conocer el estado de sus cultivos y determinar cualquiera alteración o síntoma sospechoso que pudiera afectarlos, determinando sus medios de extinción o preventivos que deban seguirse, de acuerdo con el informe de los Ingenieros agrónomos de las provincias respectivas y del Consejo provincial de Agricultura y Ganadería. Se formará dicha Junta por tres mayores contribuyentes de los que residan habitualmente en la localidad entre los diez que paguen mayor cuota por riqueza rústica y pecuaria; dos individuos que formen parte de entidades agrícolas, y si no existieren éstas, un Maestro de instrucción primaria y un Médico titular."


"Art. 17º. Para atender a los gastos de prevención o de extinción y de las subvenciones que puedan acordarse, así como para los de divulgación, publicación y material, cada Consejo provincial de Agricultura y Ganadería queda autorizado para crear un fondo, que podrá llegar al 0‘50 por 100 de la riqueza liquida imponible de cada término municipal, y sin perjuicio del que pueda haber para las plagas de langosta y filoxera; dicho fondo se recaudará por las respectivas Juntas locales de defensa, y se entregará al Consejo provincial para su custodia o inversión, con arreglo a lo dispuesto en los artículos anteriores, librándose las cantidades por el Jefe provincial de Fomento. En caso de negativa al pago, el Consejo provincial, a propuesta de la Junta local, acordará la exacción por la vía de apremio."

Los siguientes capítulos están dedicados exclusivamente a la Plaga de Langosta y a la Filoxera. Qué importancia debían de tener para regular particularmente estas dos plagas catalogadas como "calamidad pública". 



2 comentarios:

  1. Ramón, natural de Valderrobres, es el padre de Ramona Vallés, y estaba casado con Dolores Omella Bellés, de Cretas.

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    1. Ramona Vallés es mi bisabuela, así que se trata de mi tatarabuelo. Gracias por la información. Lo actualizo.

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